Carlos Campostrini comenzó a cumplir la condena por un siniestro vial

Después de más de cinco años de proceso judicial y de una extensa discusión sobre si la pena debía cumplirse en prisión o de manera condicional, Carlos Mariano Campostrini comenzó finalmente a cumplir la condena que la Justicia le impuso por provocar un siniestro vial que dejó gravemente lesionado a Ariel Argain, quien sufrió daños medulares irreversibles que modificaron para siempre su vida. La víctima tuvo asistencia jurídica por parte de Milagros Zaburlín, Guillermo Gamarra y Ariel Antonio Argain, cuyo desempeño fue clave en este proceso. Materialesy servicios jurídicos

Según el cómputo oficial de pena, Campostrini se presentó el 25 de junio de 2026 en la Unidad Penal N° 4 de Concepción del Uruguay para iniciar el cumplimiento de la condena de “tres años de prisión efectiva”, establecida mediante sentencia firme. De acuerdo con la resolución judicial, recuperará su libertad el “24 de junio de 2029”, siempre que no existen modificaciones en el régimen de ejecución.

Además de la pena privativa de libertad, deberá cumplir una “inhabilitación especial para conducir vehículos automotores durante cuatro años”.

Un accidente que marcó un antes y un después
La tragedia ocurrió durante la madrugada del 24 de noviembre de 2020 en la ciudad de Villaguay.
De acuerdo con los hechos que la Justicia dio por probados, Campostrini conducía un automóvil BMW 120D acompañado por Ariel Argain y Diego Melgarejo.
Los jueces establecieron que manejaba bajo los efectos del alcohol; a una velocidad no inferior a 140 kilómetros por hora; infringiendo las normas de tránsito; y con una conducta calificada como “culpa temeraria”.
La investigación determinó que, al atravesar un reductor de velocidad ubicado sobre el acceso Carlos Fuertes Norte, dañó el cárter del vehículo, perdió completamente el control del automóvil y comenzó una secuencia de derrapes, impactos y vuelcos.

Las consecuencias fueron devastadoras
Ariel Argain sufrió un traumatismo raquimedular con sección completa de la médula espinal, múltiples fracturas costales y severas lesiones cervicales. Su cuadro clínico se agravó durante la internación.

Los expedientes describen que atravesó un largo proceso médico que incluyó tromboembolismo pulmonar, neumonía asociada a respiración asistida, shock séptico, Covid-19, trastornos de ansiedad, depresión reactiva y dos intervenciones quirúrgicas para estabilizar la columna cervical. Las lesiones fueron calificadas como irreversibles. Por su parte, Diego Melgarejo sufrió múltiples heridas cortantes y lesiones faciales.

La responsabilidad penal de Campostrini nunca fue el verdadero eje de las instancias posteriores. La condena por el delito previsto en el artículo 94 bis del Código Penal quedó consolidada. La discusión jurídica giró exclusivamente alrededor de un punto: “si la pena de tres años debía cumplirse en prisión o podía quedar en suspenso”.

La defensa sostuvo durante todo el proceso que el condenado reunía las condiciones previstas por el artículo 26 del Código Penal para acceder a una condena condicional. Argumentó que no poseía antecedentes penales, había modificado su estilo de vida, abandonado el consumo de alcohol, mantenía un trabajo estable, colaboró con la investigación y jamás volvió a conducir desde el accidente.

También remarcó que había mostrado arrepentimiento y que la prisión efectiva no cumplía ninguna finalidad resocializadora, precisamente porque -según su postura- el proceso de reinserción ya se había producido.

Fuente: Análisis Digital
https://www.analisisdigital.com.ar/judiciales/2026/06/26/tras-cinco-anos-de-proceso-judicial-carlos-campostrini-comenzo-cumplir-la-condena-por-un-siniestro-vial